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Tiburcio
Tremendo!! Parece un chiste que hayan tardado décadas en darse cuenta que es un putadon para el dueño de la casa, que encima de que le han ocupado tiene que pagar los gastos de alguien que encima le está cagando encima.
5    k 115
Alrojovivo
#3 #4 #6

Esto no es más que un truco de cara a la galería.

A no ser que haya cambiado el tema, la deuda de los suministros queda ligada al inmueble.

Ejemplo real: Casa alquilada, suministros a nombre del inquilino. El inquilino paga todo religiosamente, cero problemas. Cuando se va de la vivienda paga todo lo adeudado. Al intentar hacer el cambio de nombre de uno de los suministros, la operadora alega una deuda de 10€, por tema de fechas quedó fuera de la última facturación.

Pues bien, para poder dar de alta el servicio con el nuevo titular, esa deuda debe ser saldada. Por quién? Pues por aquel que quiera dar de alta el servicio. La deuda no recae sobre el antiguo titular, sino sobre el inmueble.

Realidad? Si el titular de los servicios es el inquilino, la deuda sigue recayendo sobre el propietario de la vivienda. Si el titular es el propietario, lo mismo.
1    k 33
sinergético
#7 Ahí tienes toda la razón. Claramente la ley está hecha a la medida de los intereses económicos de las telecos, las eléctricas, etc...
1    k 33
Tiburcio
#7 Si puede cortar el agua y la luz algo es algo no?
3    k 78
Alrojovivo
#11 en principio sí. Pero como he dicho, si el inquilino puede dar de alta otra vez los servicios, pues poco adelantamos.

La luz la pueden proveer varias empresas. El agua creo que no.

Pero vamos, que aunque la medida no sea la panacea, apunta en la dirección correcta. Y no en facilitar la ocupación, como se venía haciendo hasta ahora.
2    k 53
lectorcritico
#12 #11 Pero si el inquilino se da de alta y no paga, le cortarán el suministro en algun momento. Aunque sea tras unos meses sin pagar.
Es un mejora, aunque si es como dices no es una solucion total del problema.
0    k 17
Igorymi
#7 no veo que tiene que ver esto que cuentas, que es cierto, con que el propietario de la vivienda pueda contar el agua y la luz cuando crea conveniente en su propia casa.
0    k 20
Alrojovivo
#13 hombre, tiene que ver qué el propietario corta el agua y la luz, no es por joder, es para no seguir pagándola él de su bolsillo.

Que por cierto, el o la propietaria, seamos inclusivos aquí también, no puede cortar nada. El da de baja un servicio y el proveedor de ese servicio es el que corta o no.

Lo que digo es que si ese servicio por lo que sea, se vuelve a dar de alta, por parte de quién sea, la deuda recae sobre el propietario del inmueble.

Lo que deberían hacer es que la deuda recaiga sobre el usuario del servicio. Y que se le persiga por ella. No al propietario. Me explico?
0    k 13
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