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La Complutense cifra en al menos 100.000 euros el perjuicio por la apropiación indebida que se imputa a Begoña Gómez

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Además de la universidad madrileña, las empresas pusieron 320.000 euros al software de la cátedra. El centro público informó el lunes al juez Juan Carlos Peinado que aceptaba su ofrecimiento de personarse en la causa, al considera que los hechos investigados «pudieran haber causado un perjuicio económico y ser lesivos» para la UCM, que en esa caso podría reclamar económicamente

comentarios (5)
  1. VolandoVoyVolandoVengo
    Simplemente con la Complutense ya hay delito apropiación indebida e intrusismo profesional

    Tráfico de influencias, corrupción en los negocios y malversación.

    Por tráfico de influencias fue Iñaki Urdangarín varios años a prisión.
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  2. Henry
    Habria que ver ver cuales son las cláusulas que se firmaron para la utilización del programa gratuito, sin eso poco van a poder acusar a nadie...
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  3. jlgrandas
    www.eldiario.es/politica/testigo-incrimina-begona-gomez-reconocio-no-p “Lo mejor de la cátedra es que el software era gratuito”, afirmó el exvicerrector Doadrio. Doadrio gestionó el convenio que dio origen a la cátedra y al software y recibió comunicaciones relativas a su gestión. La alusión a que la herramienta era gratuita pone de manifiesto que Begoña Gómez nunca pudo hacer negocio con ella
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  4. VolandoVoyVolandoVengo
    UCM aportó 100.000€ para el software y begoño se lo apropió registrándolo a su nombre, por la puerta de atrás (sabiendo que no era suyo) que se usaba en la plataforma para obtener ayudas

    Ya con eso, se benefició. Si yo me apropio de algo que no es mio, que han pagado otros, obtengo un beneficio. Esta apropiación "por que yo lo valgo" de dicho software es "Apropiación indebida"1 un delito

    Luego el software se usaba para obtener ayudas y financiación, ofreciendo retornos y como era la "mujer" del presidente, daba esa facilidad dado a su cercanía a quien suelta la pasta.

    Estos se llevaban dinero y ella comisiones, dinero, NO CACAHUETES.


    1: Delito de apropiación indebida (según google, que tanto os gusta) En España, las penas por apropiación indebida varían según la gravedad: un delito leve (valor inferior a 400€) se sanciona con multa de 1 a 3 meses. Para el delito básico (superior a 400€), la pena es de prisión de 6 meses a 3 años. Se contemplan penas agravadas (prisión de 1 a 6 años y multa) para casos donde el valor excede los 50.000€ o se abusa de relaciones de confianza
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  5. jlgrandas
    Titular: "La Complutense cifra en al menos 100.000 euros el perjuicio por la apropiación indebida que se imputa a Begoña Gómez". Noticia: "Tras su investigación interna, la UCM no pudo concluir si había sufrido un perjuicio, puesto que no pudo aclarar en qué situación había quedado el desarrollo del software". Menudo Panfleto Pepero.
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