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UCM aportó 100.000€ para el software y begoño se lo apropió registrándolo a su nombre, por la puerta de atrás (sabiendo que no era suyo) que se usaba en la plataforma para obtener ayudas

Ya con eso, se benefició. Si yo me apropio de algo que no es mio, que han pagado otros, obtengo un beneficio. Esta apropiación "por que yo lo valgo" de dicho software es "Apropiación indebida"1 un delito

Luego el software se usaba para obtener ayudas y financiación, ofreciendo retornos y como era la "mujer" del presidente, daba esa facilidad dado a su cercanía a quien suelta la pasta.

Estos se llevaban dinero y ella comisiones, dinero, NO CACAHUETES.


1: Delito de apropiación indebida (según google, que tanto os gusta) En España, las penas por apropiación indebida varían según la gravedad: un delito leve (valor inferior a 400€) se sanciona con multa de 1 a 3 meses. Para el delito básico (superior a 400€), la pena es de prisión de 6 meses a 3 años. Se contemplan penas agravadas (prisión de 1 a 6 años y multa) para casos donde el valor excede los 50.000€ o se abusa de relaciones de confianza
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