Por definición una mujer no puede ser procesada por "violencia vicaría" ya que es una forma de "violencia de género" y está solo la puede ejercer el hombre hacia una mujer.
Si en la entradilla falla de base con un concepto tan básico, no me quiero imaginar la clase de desinformación que puede contener dentro
#1 Solo se puede considerar violencia vicaria la que ejerce el hombre para dañar a la mujer. Si la mujer hace lo mismo no se puede considerar violencia vicaria, a diferencia de fuera de España.
Y si lo intentas argumentar en un juicio te pueden sancionar.
#1 Es que la noticia es de México. Por lo que sea a #0 le ha parecido superimportante traer aquí una noticia de México de la que nadie había oído hablar nunca.
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Si en la entradilla falla de base con un concepto tan básico, no me quiero imaginar la clase de desinformación que puede contener dentro
Y si lo intentas argumentar en un juicio te pueden sancionar.
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#1 Solo hay que ver quien sube esta noticia.
Gracias pues #0 por mostrarnos como en países tercermundistas como México están más avanzados que nosotros en estos ámbitos.