@Livingstone85 Repito aquí mi comentario:
Lo que dice el artículo tiene sentido. El problema es lo que no dice el artículo.
1. Dice que los casos deben ser tratados caso por caso... y es exactamente así como se están trantando. Y en algunos se están rebajando las penas y en otros no. Por ejemplo el del padrastro. Aplicando la nueva ley, el resultado es una pena más baja. El argumento del Ministerio de Igualdad es que no se está aplicando un agravante de autoridad, pero es que ese agravante se estudió y negó en su momento, y la nueva ley no cambia cómo se aplica ese agravante que tiene su jurisprudencia. Es decir: sí, la nueva ley rebaja las penas (algunas, no todas).
2. Pero es que no solo rebaja las penas. Es que se han dejado fuera un caso que antes estaba tipificado y ahora no lo está, que es el del engaño para una persona mayor de 16 años y menor de 18. Es decir: hay algunos casos que directamente se va a eliminar la pena.
Lo que dice el artículo tiene sentido. El problema es lo que no dice el artículo.
1. Dice que los casos deben ser tratados caso por caso... y es exactamente así como se están trantando. Y en algunos se están rebajando las penas y en otros no. Por ejemplo el del padrastro. Aplicando la nueva ley, el resultado es una pena más baja. El argumento del Ministerio de Igualdad es que no se está aplicando un agravante de autoridad, pero es que ese agravante se estudió y negó en su momento, y la nueva ley no cambia cómo se aplica ese agravante que tiene su jurisprudencia. Es decir: sí, la nueva ley rebaja las penas (algunas, no todas).
2. Pero es que no solo rebaja las penas. Es que se han dejado fuera un caso que antes estaba tipificado y ahora no lo está, que es el del engaño para una persona mayor de 16 años y menor de 18. Es decir: hay algunos casos que directamente se va a eliminar la pena.
@anhell