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Siyo
Votosttyle
2    k 59
VolandoVoyVolandoVengo
#1 Bueno, la constitución es clara en el Artículo 11:

1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.

2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.

3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.



Aplicando el 11.2, toda nacionalización de inmigrantes que haga el PSOE, podrá ser revertida mientras no sea un "español de origen".

Lo cojonudo es que aunque los padres estén nacionalizados, el hijo nacido a posteriori no es por defecto "español de origen"

:-D
0    k 19
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