"el tribunal afirma que "la apreciación conjunta de todos estos elementos indiciarios permite concluir, de forma provisional y exclusivamente a los efectos propios de esta resolución, que la filtración en la noche del día 13 de marzo de 2024 del correo a la prensa, que contenía información reservada y que no debía publicarse, y su posterior inclusión en la Nota informativa elaborada por el Fiscal General del Estado y publicada en la mañana del siguiente día 14/03/24 fue una actuación coordinada e impulsada personalmente por el Fiscal General del Estado, quien había reclamado el correo dos horas antes de su difusión "
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