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usuario_610
#6 No me voy por las ramas, estoy poniendo el foco donde tú no quieres mirar porque tu analogía es falsa y deshonesta, porque equiparas dos cosas completamente distintas solo para justificar tu postura ideologica. Conducir rápido es un delito administrativo y tiene su sanción. Ser pederasta es un crimen que destruye vidas.

Ponerlos al mismo nivel para validar tu caza de brujas política es una barbaridad argumental y muy demagogo. Que hayas tenido que recurrir tan rápido a esa falacia denota una falta clara de argumentos.

Así que sí, hay que separar vida personal y profesional, salvo que la conducta delictiva afecte directamente a las funciones del cargo.

Si contestas, sé un poquito respetable.
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--1179--
#10 antes de patinar deberías informarte un poco:

El delito penal por exceso de velocidad está regulado en el artículo 379 del Código Penal. Este delito se produce cuando se supera la velocidad permitida en 60 km/h en vías urbanas o en 80 km/h en vías interurbanas.
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usuario_610
#11 muy bien, eso no invalida mi razonamiento. Para empezar porque iba en la autovía A-52 en un tramo de 120kmh. Además de que el dice que nunca supero los 200km h.

www.msn.com/es-es/crimen/general/el-senador-del-pp-josé-manuel-baltar

Sea como sea, que pague la multa correspondiente, que le quiten el carné de por vida y que vaya a trabajar en autobús como lo hace tantísima gente.
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--1179--
#12 120 + 80 = 200, matemáticas de egb
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usuario_610
#13 que si, que pague la multa. Y le quiten el carné.
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--1179--
#14 si es penal es a la cárcel donde debería ir
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