Ley orgánica 2000/11 publicada en el B.O.E. el 12 de enero del 2000 dice que. - Contiene el artículo 89 que permite la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio español para extranjeros condenados por delitos.
- Expulsión administrativa: Por la comisión de infracciones graves o muy graves contempladas en la Ley Orgánica 2000, como violaciones de normas de seguridad pública o de la situación de estancia en el país.
- Expulsión penal: Como sustitución de una pena de prisión impuesta por sentencia firme.
Así que si petición de cambios legales ya existe, a ver si algún día se leen algún B.O.E. o algún documento sobre las competencias autonómicas y del Gobierno de España para soltar una verdad por su boca.
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- Contiene el artículo 89 que permite la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio español para extranjeros condenados por delitos.
- Expulsión administrativa: Por la comisión de infracciones graves o muy graves contempladas en la Ley Orgánica
- Expulsión penal: Como sustitución de una pena de prisión impuesta por sentencia firme.
Así que si petición de cambios legales ya existe, a ver si algún día se leen algún B.O.E. o algún documento sobre las competencias autonómicas y del Gobierno de España para soltar una verdad por su boca.