El pasado día 6 publicamos en Laboro la primera parte de este resumen de la reforma laboral del PP, que te recomendamos que leas para que puedas entender mejor esta segunda y última parte. En la primera parte te explicamos los cambios que aplicó el PP para permitir que las empresas pudieran bajarle el salario legalmente a los trabajadores. Pero aun teniendo todos los cabos legales atados para bajar los salarios, podía haber y de hecho había miles de trabajadores a los que sencillamente no se les podía bajar el salario (...)
... la carta y ves que no se trata de un despido por problemas organizativos, económicos o similares, que incluso pudieras entender. No, no, nada de eso… la carta te dice que te despiden porque has cometido una o varias faltas muy graves que te sancionan con el despido disciplinario inmediato, ese mismo día. La falta más típica que alegan las empresas en estos casos es un supuesto bajo rendimiento.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma la improcedencia del despido efectuado por la Universidad de Vigo a un ingeniero de apoyo de investigación, quien encadenó durante trece años veintiún contratos temporales.
El Consejo de Europa da la razón a UGT y sostiene que el sistema de despido improcedente en España —los ceses que no cumplen con ninguna de las causas fijadas por ley— va en contra de la Carta Social Europea. La resolución, que ya se sabía favorable a las pretensiones del sindicato desde el pasado marzo, sostiene que el sistema de despido improcedente español no es lo bastante resarcitorio ni disuasorio. El contenido de la resolución no se conocerá hasta el próximo lunes, pero desde UGT han dado este lunes algunas de las claves del fallo.
Las indemnizaciones por despido improcedente tal y como las conocemos hasta la fecha -equivalentes a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades para cualquier trabajador al que se rescinda el contrato sin una causa justa- podrían tener los días contados en España tras la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales, con sede en Estrasburgo, que ha determinado que esta regulación no cumple con la Carta Social Europea que nuestro país se ha obligado a cumplir.
Hay muchos casos en los que el despido puede ser declarado nulo, con condena a la readmisión del trabajador pagándole y cotizando los salarios de tramitación (su sueldo completo entre despido y readmisión). Sin olvidar que el trabajador puede esquivar fácilmente la readmisión sin dejar de cobrar los salarios de tramitación y que además puede cobrar una indemnización aparte en los casos de vulneración de sus derechos fundamentales. Pero todo eso funciona solo cuando el asunto llega a juicio y hasta el final.
La empresa Alsa ha reconocido la improcedencia del despido de Encarna Aznar, la única conductora de Almería en una línea de autobuses de larga distancia, a quien echaron en agosto de 2023 por haber hecho dos paradas no previstas en la ruta, una de ellas a causa del fuerte sangrado vaginal que le originó la endometriosis que padece. "Mi caso debe servir para que respeten más a las mujeres en el trabajo, para que haya un trato más igualitario, que es el que no han tenido conmigo", ha dicho la conductora a Público
hemeroteca (2020) Podemos ha reconocido el despido improcedente del ex coordinador legal del partido, José Manuel Calvente, al que acusó falsamente de acoso sexual después de que éste denunciara las irregularidades contables del partido así como el montaje del 'caso Dina'. La formación que lidera Pablo Iglesias ha alcanzado un acuerdo con el letrado en el acto de conciliación previo al juicio laboral que tenía fijado el Jugado de lo Social número 10 de Barcelona y le abonará la indemnización correspondiente.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla La Mancha ha declarado improcedente el despido de un trabajador que consumió una croqueta que no se había vendido y que se iba a tirar a la basura, al entender que no hubo apropiación indebida ni ánimo de lucro. En una sentencia fechada el pasado 15 de octubre, a la que ha tenido acceso Efe y que ha adelantado el diario El País, la sala de lo social rechaza el recurso presentado por Mercadona contra un fallo de mayo del 2024 del juzgado de lo Social número 1 de Toledo.
El Tribunal Supremo ha considerado despido nulo la falta de llamamiento para el curso escolar 2012-2013 de una profesora de religión casada con un hombre divorciado, ya que entiende que se produjo violación de derechos fundamentales y que se trata de una acción entendida como una represalia a un pleito judicial emprendido por la docente hace ahora quince años.
Los datos estadísticos evidencian que esa devaluación ha creado un sistema legal de incentivos de los despidos individuales, incluso improcedentes (la mayor parte de las demandas no se resuelven por sentencia, sino por conciliación extrajudicial). La reducción récord del coste indemnizatorio por despido (56%) ha llevado a batir marcas en su número (casi un millón en 2023 –lo que va de 2024 contiene estadísticas aún superiores–)..
Una resolución ante la cuál el Tribunal Supremo ha apreciado contradicción ya que, tal y como ha expresado, en ambos litigios se resolvía un caso de despido en que la ausencia de concreción de la duración del periodo de prueba creaba «una grave inseguridad para el trabajador al desconocer en qué momento dentro de la horquilla ha finalizado el periodo de prueba». Asimismo, en ambos casos, solo se especificaba una duración máxima, sin mayor precisión.